Certificado de Seguridad Vehicular de vehículos alcanzados por la DI-2023-420-APN-ANSV

Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV)

Mediante la Disposición 420/2023, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) establece la utilización obligatoria del modelo de Informe Técnico para la emisión del Certificado de Seguridad Vehicular (CSV) de:

 

  • Vehículos Automotores (M1, N1) usados nacionalizados al amparo del Art 7 del Decreto 110/1999, como así también para Vehículos automotores (M1, N1) subastados u ordenados por autoridad judicial por tratarse de vehículos abandonados, perdidos, decomisados o secuestrados.

 

  • Motovehículos usados importados al amparo del Art 7 del Decreto 110/1999, como así también para Motovehículos subastados u ordenados por autoridad judicial por tratarse de vehículos abandonados, perdidos, decomisados o secuestrados.