Certificado de Habilitación Profesional

Documento extendido por el Consejo en orden a las potestades que le fueran conferidas por el Decreto Ley 6.070/58 ratificado por Ley 14.467.

El mismo acredita la condición de inscripto, el título y el estado de la Matrícula Profesional / Registro de Idóneo del profesional. Asimismo, expresa que el interesado está habilitado para ejercer la profesión en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o en Jurisdicción Nacional, del mismo modo que expresa que no posee sanciones ni causas de ética pendientes.

Debe nominarse ante quien será presentado -comitente privado / organismo- y admite un solo destinatario por Certificado.

Tiene una validez temporal que es congruente con la validez de la Matrícula Profesional / Registro de Idóneo. Entendiendo que la validez de la Matrícula Profesional / Registro de Idóneo implica una presunción iuris tantum respecto de la vigencia de la aptitud del profesional.