Instituciones Educativas: Instituto Argentino de la Energía

Convenio de Cooperación

VISTO,

Que el CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELECTRICISTA y el INSTITUTO ARGENTINO DE LA ENERGÍA “GENERAL MOSCONI” agrupan a profesionales que actúan en forma complementaria en la temática de la Energía a nivel nacional e internacional.

Que comparten el objetivo del desarrollo del país a través de la capacitación y el perfeccionamiento dinámico de los interesados en este tema.

Que forma parte de los objetivos del INSTITUTO ARGENTINO DE LA ENERGÍA “GENERAL MOSCONI”, la capacitación e investigación de los problemas relacionados con los recursos energéticos y su utilización.

Que es conveniente la profundización de la interdisciplina entre las ciencias de la Energía y la Ingeniería.

Que es de interés para los profesionales matriculados en el Consejo que desarrollan su actividad laboral en este tema, el intercambio de experiencias y la participación en grupos de trabajo.

 

POR ELLO

Entre el CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELECTRICISTA representado en este acto por su Presidente, Ingeniero Eduardo M. J. Florio, y su Secretario, Ing. Julio César B. Aimar, con domicilio en Pasaje del Carmen 776  – (1091) Capital Federal, en adelante “EL CONSEJO” y el INSTITUTO ARGENTINA DE LA ENERGÍA “GENERAL MOSCONI”, en adelante “IAE Gral. Mosconi”, representado en este acto por su Presidente  Ing. Jorge Lapeña y su Secretario Ing. Jorge Enrich Balada , con domicilio en la calle Moreno 943 – Piso 3º, Capital Federal,  celebran en este acto el presente Convenio de Cooperación sujeto a las siguientes cláusulas, a saber:

Artículo 1º: “EL CONSEJO” y “IAE Gral. Mosconi” difundirán entre todos sus matriculados y socios respectivamente, el material informativo que se intercambien, a fin de interiorizarlos de las actividades que desarrollan.

Artículo 2º: “EL CONSEJO” y “IAE Gral. Mosconi” otorgarán a los matriculados y socios las facilidades que en cada caso se consideren convenientes para que puedan participar en sus respectivas actividades.

Artículo 3º: Por convenios particulares, establecidos dentro del presente acuerdo marco, se establecerán en cada caso las condiciones, modalidades, términos, medios de financiación y procedimientos de ejecución en que desarrollarán las actividades en colaboración que se programen.

Artículo 4º:  Las actividades pueden comprender: cursos, seminarios, congresos, grupos de trabajo y/o  grupos de investigación.

Artículo 5º: Las acciones que se lleven a cabo en el marco de este Convenio podrán ser publicadas o dadas a conocer por cualquier medio por las partes, en forma separada o conjunta, con la sola condición de mencionar el presente Convenio.

Artículo 6º: A los efectos de instrumentar el presente Convenio, cada institución nombrará un representante titular y un alterno.

Artículo 7º: En cualquier actividad que se desarrolle dentro del presente Convenio, ambas instituciones mantendrán su individualidad técnica y administrativa y asumirán en forma particular su responsabilidad legal.

Artículo 8º: El presente Convenio no tendrá plazo de validez, pero podrá ser rescindido unilateralmente por cualquiera de las partes con un preaviso fehaciente de dos meses que se prolongará hasta la finalización de las actividades conjuntas en ejecución a la finalización de dicho plazo.

Artículo 9º: El presente  Convenio deberá ser ratificado por el Plenario del Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista y la Comisión Directiva del “IAE Gral. Mosconi”, antes del 30 de mayo de 1999.

En un todo de conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor en la Ciudad de Buenos Aires, a los …. días del mes de ……. de 1999.


Ing. Jorge Lapeña
Inst.Arg. de la Energía Gral. Mosconi
Presidente

Ing. Jorge Enrich Balada
Inst.Arg. de la Energía Gral. Mosconi
Secretario

Ing. Eduardo M. J. Florio
Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista
Presidente 

Ing. Julio Cesar B. Aima
Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista
Secretario


Para más información:

www.iae.org.ar