Recreación y Esparcimiento: AMSCA - Asociación Mutual Sociedad Central de Arquitectos

Los matriculados del COPIME con matrícula vigente que deseen asociarse a AMSCA, gozarán de una bonificación del 30% en la cuota

CONVENIO AMSCA-COPIME

La  Asociación Mutual Sociedad Central de Arquitectos, en adelante  AMSCA, con domicilio legal en la calle  Paraguay  1385 , Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por la Arquitecta Fabiana L. Martínez  D.N.I. 14.727.819, y el Arquitecto Héctor F. Zubiaguirre D.N.I. 11.987.877, Presidente y Secretario respectivamente; y el Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista, en adelante COPIME, representado en este acto por el Ingeniero A. Horacio Maione DNI 144190 y por el Ingeniero Eduardo M. J. Florio DNI 04318331, Presidente y Secretario respectivamente; con domicilio legal en Del Carmen 776, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; con el propósito de afianzar como objetivos comunes la solidaridad y la ayuda mutua, acuerdan subscribir el presente convenio, según las siguientes cláusulas:

Primera:         Los matriculados del COPIME con matrícula vigente que deseen asociarse a AMSCA, gozarán de una bonificación del 30% en la cuota social de la mutual, pudiendo utilizar los servicios que esta entidad presta a sus asociados –detallados en ANEXO I- y presentando la correspondiente solicitud de ingreso, siendo incorporados en calidad de “ADHERENTES”.

Segunda:        La utilización de los servicios estará estrictamente sujeta a las normas legales, estatutarias y reglamentarias que los regulan en el presente, aceptando expresamente las que AMSCA dicte en el futuro para regular la prestación en cuestión, con total independencia del COPIME.

Tercera:         Los matriculados del COPIME con matrícula vigente, podrán además optar por la contratación del servicio de Salud que brinda la Mutual -Plan ARQUIMED- gozando de un beneficio exclusivo, que consta de una bonificación del 30% del precio total del plan familiar, si sus titulares tienen entre 30 y 40 años de edad; una bonificación del 20% del precio total del plan familiar, si sus titulares tienen entre 40 y 50 años de edad y una bonificación del 10% del precio total del plan familiar, si tienen entre 50 y 60 años de edad. Dichos beneficios tendrán validez por 12 meses, renovándose automáticamente por 48 meses más, para los asociados que hayan cumplido con los pagos en tiempo y forma.

Cuarta:           El detalle de los prestadores y precios de los diferentes grupos que contiene el Plan ARQUIMED, se adjuntan como ANEXO II.

Quinta:           El COPIME difundirá el presente convenio entre sus matriculados y brindará un espacio físico en su sede, en días y horarios a convenir, para la promoción por parte de AMSCA.

Sexta:  El presente convenio rige por tiempo indeterminado, pudiendo cualquiera de las partes rescindirlo, notificando fehacientemente a la otra parte, con 30 (treinta) días de anticipación.

 En prueba de conformidad, se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Bs. As.  a  los  22 días de enero de  2013.-