Recreación y Esparcimiento: AMSCA - Asociación Mutual Sociedad Central de Arquitectos
CONVENIO AMSCA-COPIME
La Asociación Mutual Sociedad Central de Arquitectos, en adelante AMSCA, con domicilio legal en la calle Paraguay 1385 , Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por la Arquitecta Fabiana L. Martínez D.N.I. 14.727.819, y el Arquitecto Héctor F. Zubiaguirre D.N.I. 11.987.877, Presidente y Secretario respectivamente; y el Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista, en adelante COPIME, representado en este acto por el Ingeniero A. Horacio Maione DNI 144190 y por el Ingeniero Eduardo M. J. Florio DNI 04318331, Presidente y Secretario respectivamente; con domicilio legal en Del Carmen 776, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; con el propósito de afianzar como objetivos comunes la solidaridad y la ayuda mutua, acuerdan subscribir el presente convenio, según las siguientes cláusulas:
Primera: Los matriculados del COPIME con matrícula vigente que deseen asociarse a AMSCA, gozarán de una bonificación del 30% en la cuota social de la mutual, pudiendo utilizar los servicios que esta entidad presta a sus asociados –detallados en ANEXO I- y presentando la correspondiente solicitud de ingreso, siendo incorporados en calidad de “ADHERENTES”.
Segunda: La utilización de los servicios estará estrictamente sujeta a las normas legales, estatutarias y reglamentarias que los regulan en el presente, aceptando expresamente las que AMSCA dicte en el futuro para regular la prestación en cuestión, con total independencia del COPIME.
Tercera: Los matriculados del COPIME con matrícula vigente, podrán además optar por la contratación del servicio de Salud que brinda la Mutual -Plan ARQUIMED- gozando de un beneficio exclusivo, que consta de una bonificación del 30% del precio total del plan familiar, si sus titulares tienen entre 30 y 40 años de edad; una bonificación del 20% del precio total del plan familiar, si sus titulares tienen entre 40 y 50 años de edad y una bonificación del 10% del precio total del plan familiar, si tienen entre 50 y 60 años de edad. Dichos beneficios tendrán validez por 12 meses, renovándose automáticamente por 48 meses más, para los asociados que hayan cumplido con los pagos en tiempo y forma.
Cuarta: El detalle de los prestadores y precios de los diferentes grupos que contiene el Plan ARQUIMED, se adjuntan como ANEXO II.
Quinta: El COPIME difundirá el presente convenio entre sus matriculados y brindará un espacio físico en su sede, en días y horarios a convenir, para la promoción por parte de AMSCA.
Sexta: El presente convenio rige por tiempo indeterminado, pudiendo cualquiera de las partes rescindirlo, notificando fehacientemente a la otra parte, con 30 (treinta) días de anticipación.
En prueba de conformidad, se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Bs. As. a los 22 días de enero de 2013.-