Jurisdicción Licenciados en Higiene y Seguridad
En consecuencia, se encuentra habilitado para regular el ejercicio profesional no sólo en la jurisdicción geográfica Federal como la Capital Federal y los Establecimientos de Utilidad Nacional, sino también respecto de aquellas materias que, con independencia de la unidad territorial en las que se ejerza, hayan sido reservadas por la Nación como competencia propia.
Si bien la Constitución Nacional vigente desde 1994 amplió los poderes de las provincias, el artículo 126 establece claramente que las provincias no ejercen el poder delegado a la Nación.
Así, el ejercicio profesional de los Licenciados con incumbencia en la Seguridad Nacional, Energía, e Higiene y Seguridad en el Trabajo entre otras, corresponden en forma exclusiva a la regulación Federal, siendo un requisito ineludible la matriculación de los profesionales en la Jurisdicción Nacional.