Actualizaciones Legales

Ley N° 6908/2025: Control del ejercicio profesional de Agrimensores e Ingenieros y Técnicos afines

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

La Ley Nº 6908 fue aprobada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Nº 7284 el 15 de enero de 2026.

Establece el marco normativo para el control del ejercicio profesional de los Agrimensores e Ingenieros y Técnicos Afines en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, adoptando como régimen de referencia el previsto por el Decreto-Ley 6070/1958 y manteniendo la plena vigencia de los Consejos Profesionales encargados de regular la matrícula, el control y el ejercicio técnico.

La Ley Nº 6908 tiene como objetivo principal resguardar el interés público, garantizando que el ejercicio profesional se realice exclusivamente por profesionales debidamente habilitados, con matrícula vigente, y conforme a los estándares técnicos, éticos y legales exigidos para actividades que involucran la seguridad, la salud y los bienes de la comunidad.

Entre sus ejes centrales, la ley:

  • Reconoce a los Consejos Profesionales de jurisdicción nacional como las autoridades competentes para el control del ejercicio profesional en la Ciudad de Buenos Aires.
  • Establece la obligatoriedad de la matrícula habilitante como condición indispensable para el ejercicio profesional en la jurisdicción.
  • Refuerza el rol de los Consejos en las tareas de fiscalización, supervisión y eventual sanción frente al ejercicio irregular de la profesión.
  • Contribuye a la protección del interés público, asegurando la idoneidad técnica y la responsabilidad profesional en actividades reguladas.

 

En este marco, el Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista (COPIME) continúa:

  • Ejerciendo plenamente las funciones que le son propias, en cumplimiento de la normativa vigente
  • Garantizando el correcto desempeño profesional de sus matriculados.
  • Colaborando activamente con los organismos públicos en el control de la legalidad del ejercicio profesional.

 

La Ley Nº 6908:

  • Reafirma y fortalece el sistema de matriculación profesional
  • Jerarquiza el rol de los profesionales matriculados
  • Consolida la función institucional del COPIME como organismo esencial para el ordenamiento, control y calidad del ejercicio profesional en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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