Vigencia de los Certificados de Revisión Técnica prorrogada hasta el 26 de abril de 2020

Se comunica a los matriculados que, el día 18 de abril se publicó en el Boletín Oficial la Resolución Nº 2020-96-APN-MRT (Ministerio de Transporte) que modifica la Resolución Nº 2020-88-APN-MRT de ese organismo, la cual prorrogaba por 120 (ciento veinte) días la vigencia de los certificados de revisión técnica obligatoria.
A raíz de la modificación, dicha prórroga se extiende hasta el 26 de abril del corriente; no obstante, la misma norma dispuso a partir del lunes 20 de abril la reapertura de los talleres para el desempeño de sus tareas habituales, clasificándolas como "servicios esenciales". En consecuencia, todos los profesionales que se desempeñan en el sector deberán restablecer sus actividades, en cumplimiento de lo previsto por la normativa específica COVID19, como contar con el "Permiso único de circulación" emitido por el Ministerio del Interior a través del Sistema de Trámites a Distancia.
Asimismo, los servicios de Higiene y Seguridad en los respectivos talleres y empresas de transporte, deberán restablecerse con arreglo a lo dispuesto en el Anexo I de la Resolución 96-MTR/20 y considerando que el COVID19 ha sido incluido en el baremo de enfermedades a cubrir por las Aseguradoras de Riesgos en el Trabajo.
Mesa Directiva
COPIME